martes, 8 de septiembre de 2015

LEY GENERAL DISCAPACIDAD

Según la Ley General de la Discapacidad (LGD), "las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad”.



El incumplimiento de la obligación implica:  

 Prohibición de contratar con la Administración Pública.

 Pérdida o exclusión en un plazo máximo de un año
de determinadas ayudas.

Sanciones económicas.

Imagen empresarial dañada.


Conciencia intranquila.










Para las empresas que no cumplen con la contratación de este 2% exigido, existen Medidas Alternativas a aplicar a través de un CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO COMO
TREBALL SENSE BARRERES.






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